El Gobierno quiere establecer en la inminente reforma del Estatuto de los Trabajadores que se reconozca como derecho laboral básico de cada empleado “conocer la duración y la distribución de su jornada ordinaria de trabajo y su horario de trabajo”.

Las empresas informarán mes a mes a los trabajadores y a sus representantes de las horas realizadas

Así lo recoge el último borrador de propuesta de modificación del registro horario en las empresas que desde el Ministerio de Trabajo han enviado a los empresarios y a los sindicatos. De este modo, el Ejecutivo liderado por Pedro Sánchez pretende modificar 4 artículos del Estatuto de los Trabajadores (el 4, el 12, el 34 y el 35) así como otro artículo más de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
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El borrador que maneja el Gobierno expone que en los contratos que se establezcan entre empresa y trabajadores deben constar claramente el número de horas que trabajará el empleado al día, a la semana, al mes o al año, así como su distribución. Cabe recordar que esta medida ya estaba incluida en el pacto presupuestario que firmaron en octubre de este mismo año 2018 el partido político de Podemos con el Ejecutivo en su artículo 4.6.

 

Por otro lado, dicho borrador contempla sanciones para las empresas que incumplan el registro de los trabajadores. Los sindicatos han dado su visto bueno a la propuesta del Gobiero, ya que opinan que «el control horario es un elemento importante» en las empresas.

 

Asimismo, otra novedad, que se incluirá en el artículo 35, será que, además de que cada trabajador reciba mensualmente la relación de horas ordinarias y extraordinarias que ha realizado en dicho mes, también los representantes sindicales recibirán esta información de toda la plantilla. En este sentido, el Secretario General de UGT, José Álvarez, ha desmentido que el registro horario suponga un sobrecoste para las empresas y, según sus propias palabras, esto «son excusas de mal pagador» y ha recordado que es necesario dejar claro «cuándo trabajan, cuánto y en qué condiciones lo hacen los trabajadores y las trabajadoras».

 

De hecho, el borrador elaborado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social dirigido por Magdalena Valerio indica que “los representantes de los trabajadores serán informados mensualmente por el empresario sobre el cumplimiento de lo dispuesto en este apartado”.

“Será de obligación de la empresa registrar la jornada de cada trabajador. Este registro de jornada será diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida”, indica el borrador del Ejecutivo.

El Gobierno quiere obligar a las empresas a conservar estos registros durante un periodo de cuatro años por si los solicita la Inspección de Trabajo. Además, fuentes de TVE han adelantado que todos los trabajadores y sus representantes sindicales estarán al tanto de las horas extraordinarias que hace cada uno, se paguen o no, ya que este dato se les comunicará de forma periódica. De esta forma, para que se haga efectivo este nuevo derecho de los trabajadores, la ley que regula el mercado de trabajo especificará en el artículo 34 del citado Estatuto cómo deberán registrar la jornada las empresas.

 En materia de horas extra habrá otro cambio relevante: las compañías deberán informar mes a mes a los representantes de los trabajadores sobre las horas extraordinarias que ha hecho cada empleado, cualquiera que sea su forma de compensación. Para ello obliga al empresario a enviar “copia de los resúmenes” del registro diario, lo que hace más necesario que nunca que todas las empresas dispongan de un método de registro diario de entradas y salidas de sus trabajadores.

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