El abogado europeo incide en la obligación de controlar el tiempo de trabajo diario, ya que desempeña una función esencial en orden al cumplimiento, por parte del empresario, del resto de obligaciones establecidas en la Directiva europea 2003/88 -relativa a la limitación de la duración máxima del trabajo y a los períodos de descanso diarios y semanales-.

Giovanni Pitruzzella recomienda que las empresas españolas implanten un sistema de cómputo de la jornada laboral efectiva de sus trabajadores a tiempo completo

El Abogado General considera que sin un método de contabilización del tiempo de trabajo no hay ninguna seguridad de que se cumplan efectivamente los límites de tiempo y, por tanto, de que se puedan ejercer sin obstáculos los derechos que la legislación europea confiere a los trabajadores.
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«Sin dicho sistema no es posible determinar con objetividad y certeza la cantidad de trabajo efectivamente realizado y su distribución temporal, como tampoco es posible diferenciar entre horas ordinarias y extraordinarias de trabajo», explicó el abogado general asignado al caso.

 

Es por esto por lo que esta medida nace con el objetivo de asegurar que no se superan los umbrales temporales preestablecidos y que se cumplen eficazmente y sin ambages los tiempos de descanso obligatorios.

 

El abogado insiste en que dichas obligaciones tienen relación directa no sólo con el derecho de los trabajadores y de los sindicatos a poder controlar periódicamente el trabajo realizado con fines meramente económicos, sino sobre todo con la protección de la seguridad y la salud en su lugar de trabajo.

 

Esto supone un paso más para implantar un registro diario de la jornada de los trabajadores en la empresa, un tema que desde hace unos meses está sobre la mesa del actual Gobierno español, que ha venido anunciando en múltiples ocasiones su intención de aprobar esta medida para luchar contra las horas extras ilegales, tal y como aparece en el borrador sobre las modificaciones de la reforma laboral y que ha logrado el visto bueno de los sindicatos y se ha ganado una rotunda oposición de los responsables de la patronal.

 

Por todo lo anterior, el Abogado General Giovanni Pitruzzella propuso al Tribunal de Justicia que declarara que la Carta y la Directiva 2003/88 obligan a las empresas a implantar un sistema de cómputo de la jornada laboral efectiva de los trabajadores a tiempo completo (que no se hayan comprometido de forma expresa, individual o colectivamente) a realizar horas extraordinarias y que no tengan la condición de trabajadores móviles, de la marina mercante o ferroviarios, y se oponen a una normativa nacional que no establezca esa obligación.

“El Abogado General considera que la medida es obligatoria en la UE».

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